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Estados Unidos renueva autorización de exportación de gas licuado de Venezuela hasta septiembre de 2025

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La Licencia General 40D extiende la posibilidad de importaciones de GLP venezolano bajo estrictas condiciones

Detalles y alcances de la nueva autorización

La Licencia General 40D, promulgada por el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, marca un hito importante en las relaciones comerciales entre Estados Unidos y Venezuela, específicamente en el sector energético centrado en el gas licuado de petróleo (GLP). Emitida el 7 de julio de 2025, esta licencia permite la continuación de la exportación de GLP desde Venezuela hacia Estados Unidos hasta el 5 de septiembre de 2025, bajo condiciones muy específicas que reflejan la complejidad de las relaciones económicas y políticas entre ambos países.

Una de las condiciones más destacadas es que solo los cargamentos de GLP que hayan sido embarcados en buques antes de la fecha de emisión de la licencia, es decir, el 7 de julio de 2025, están autorizados para su descarga en puertos venezolanos. Esto limita la ventana de operaciones autorizadas y muestra un esfuerzo por controlar de cerca el flujo de mercancías bajo esta licencia.

Un aspecto crucial de la Licencia General 40D es su enfoque exclusivo en la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) y sus entidades relacionadas donde PDVSA posea al menos el 50% de participación. Esta condición subraya el deseo de Estados Unidos de mantener la interacción comercial dentro de confines claros, evitando indirectamente el apoyo a sectores no deseados del gobierno venezolano o entidades relacionadas con prácticas corruptas o ilícitas.

Además, la licencia refuerza la prohibición de transacciones que involucren pagos en especie con petróleo o sus derivados, enfatizando la búsqueda de transparencia y legalidad en las operaciones comerciales. Esta restricción busca minimizar riesgos de corrupción o evasión de sanciones, manteniendo el comercio de GLP dentro de límites financieros regulados.

Otro elemento a destacar es la prohibición explícita de realizar operaciones con personas o entidades bloqueadas fuera del ámbito específico de PDVSA y sus subsidiarias. Esta cláusula subraya la persistencia de Estados Unidos en evitar cualquier forma de apoyo económico que pueda ser desviado hacia intereses contrarios a los principios democráticos y a la estabilidad regional.

La Licencia General 40D es, entonces, un documento que refleja un delicado equilibrio entre la necesidad de mantener flujos comerciales específicos, que son esenciales para ciertos sectores económicos en Estados Unidos y Venezuela, y el imperativo de asegurar que estas acciones comerciales no contribuyan al sostén de prácticas antidemocráticas o corruptas. Establece un marco en el cual se puede continuar una relación comercial vital bajo estrictas condiciones de transparencia y legalidad.

Contexto de sanciones y antecedentes de la política energética

Desde 2018, el gobierno de Estados Unidos ha mantenido una política de sanciones hacia Venezuela, centrándose en la industria petrolera del país, con especial énfasis en la empresa estatal Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA), principal fuente de ingresos de la nación sudamericana. La intención de estas sanciones ha sido presionar por cambios en el manejo político del país, buscando influir directamente en la administración de Nicolás Maduro. Estas medidas restrictivas limitaban severamente el comercio internacional venezolano de crudo y derivados, incluyendo el Gas Licuado de Petróleo (GLP), vital para el consumo doméstico en Venezuela.

En una medida que marcó un giro en la rigidez previamente mostrada, en julio de 2021, Estados Unidos emitió una autorización específica, permitiendo de manera puntual operaciones de exportación de GLP hacia Venezuela. Esta licencia, conocida como Licencia General 40D, fue interpretada como una apertura hacia necesidades humanitarias dentro del marco de sanciones, permitiendo aliviar la escasez de gas para uso doméstico en Venezuela. La concesión y renovación de estas licencias se ha llevado a cabo bajo condiciones muy específicas, evidenciando una administración norteamericana que, aun bajo el mandato de Joe Biden, mantiene una posición vigilante sobre las actividades relacionadas con el sector energético venezolano.

La renovación anual de la autorización ha mantenido el flujo de GLP hacia Venezuela, demostrando una línea de acción que, aunque continúa en el camino de las restricciones severas impuestas desde 2018, admite excepciones basadas en consideraciones humanitarias. Esta política sugiere un reconocimiento de la importancia del GLP para la vida diaria de los venezolanos, equilibrando entre la presión política y las necesidades básicas de la población.

Condiciones y limitaciones vigentes para las operaciones de GLP

La renovación de la autorización para la exportación de gas licuado de petróleo (GLP) desde Estados Unidos hacia Venezuela hasta septiembre lleva consigo condiciones específicas destinadas a regular las transacciones entre las partes involucradas. Significativamente, la licencia estipula que solo se permiten operaciones consideradas ordinarias y necesarias para asegurar la entrega del GLP en Venezuela, lo que implica cierta rigidez en las formas de pago y en la gestión de las operaciones.

Una restricción notable es la exclusión de los pagos en especie, lo que implica que las transacciones deben realizarse siguiendo los cauces financieros convencionales, sin recurrir a intercambios de bienes o servicios. Esta medida busca evitar la circunvalación de las sanciones financieras existentes contra el gobierno venezolano y mantener un control sobre la naturaleza y el destino de los fondos involucrados.

Además, las empresas, tanto estadounidenses como extranjeras, que participen en el comercio de GLP con Venezuela deben cumplir con una serie de regulaciones federales adicionales. Entre estas se incluyen las normativas del Buró de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento de Comercio de Estados Unidos, que impone controles adicionales sobre las exportaciones para garantizar que no contribuyan a actividades contrarias a los intereses de seguridad nacional y política exterior de Estados Unidos.

La medida adoptada por Estados Unidos, al tiempo que permite cierto alivio en el suministro de GLP a Venezuela, también refleja una posición cautelosa. Limitando la autorización a operaciones específicas y sujetándola a revisión y potencial terminación en septiembre, se mantiene un margen de maniobra para adaptar la política estadounidense en función de la evolución de la situación política y económica en Venezuela. Este enfoque sugiere un equilibrio delicado entre la facilitación de necesidades humanitarias básicas y la preservación de los objetivos de política exterior.

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