El alto tribunal mantuvo la decisión de no suspender requisitos ambientales que ya tienen los pilotos de fracking.
La decisión se da luego de que el 26 de noviembre del 2021 se emitiera un auto en el cual se negó una solicitud de suspensión que fue allegada con el escrito de una demanda de nulidad de los actos administrativos.
El Consejo de Estado negó el recurso y sostuvo que en el acto demandado se reglamentan unos asuntos que son de competencia del Ministerio de Ambiente y otros que son de resorte del Ministerio de Minas y Energía.
La determinación implica que los decretos seguirán en vigencia mientras esa sea la voluntad de la administración y hasta que se emita un fallo de fondo sobre su legalidad.
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